viernes, 22 de febrero de 2013

Concepto jurídico de Igualdad


Concepto jurídico de igualdad
El presente ensayo tiene por objetivo plantear las reflexiones realizadas en torno al concepto de igualdad en el ámbito jurídico, estableciendo su alcance y contenido. De manera general, entiendo por igualdad a la paridad que debería existir en los seres humanos por el simple hecho de serlo, a la concordancia que entre el trato prodigado todo individuo (si es que no hay una razón justificada y suficiente para actuar de otro modo) frente a la ley y en cualquier otro ámbito de su vida (principio de la no discriminación).
En un primer momento, es necesario resaltar que el derecho a la igualdad puede ser entendido de diversas formas: por una parte alude a la dignidad humana, es decir, a aquella cualidad inherente en todo ser humano cuyo forzoso cumplimiento posibilita que la persona (no jurídica, sino natural) no pueda ser reducida ni socavada bajo ninguna circunstancia ya que eso implicaría infravalorar la condición del individuo y sus capacidades.
Por otro lado, el derecho a la igualdad visto desde una perspectiva normativa hace referencia a la imparcialidad de la ley al ser aplicada a los individuos. Ahora ¿la igualdad ante la ley  es lo mismo que tener idénticos derechos y obligaciones? La respuesta es no. El concepto de igualdad puede ser entendido erróneamente si se tiene la concepción el termino  implica que todas las personas son  sujetos de los mismos derechos y obligaciones. La igualdad no  implica que la ley se aplique a todos los sujetos por igual, sino que “las personas deben ser tratadas y consideradas de igual manera a menos que haya una razón suficiente (correctamente fundamentada y justificada) para no hacerlo.
En la sociedad contemporánea existen marcadas diferencias sociales, económicas y culturales que imposibilitan la aplicación indistinta de las normas ya que, si tenemos en cuenta a la justicia como uno de los principales ejes rectores del orden normativo, podemos percataremos de la necesidad de gestionar la aplicación de las leyes de tal manera que estas atiendan  las crecientes diferencias entre los individuos y las regulen para que cada individuo obtenga lo que merece.
Una de las diferencias entre ambas perspectivas radica en el alcance que posee cada una de ellas puesto que el derecho a la igualdad en lo referente a la dignidad humana es de carácter universal ya que es tutela la potestad de la igualdad de todos los seres humanos, sin importar su raza, sexo, etnia o edad y, al contrario que la igualdad ante la ley, no resguarda únicamente a el sector de la población que es sujeto de derecho.
Como sabemos, el derecho a la igualdad es tutelado y comprendido por el texto constitucional, su importancia dentro de la sociedad y en el orden normativo de la nación radica en que este constituye una de las bases sobre las cuales se ha creado el estado democrático en el cual vivimos actualmente. Si no existiera el derecho a la igualdad los individuos tendríamos derechos y obligaciones acordes a nuestro nivel socio económico y, lógicamente, la participación en la vida política sería condicionada lo cual favorecería las condiciones de explotación de las clases más desprotegidas. La igualdad permite asegurar el respeto a los demás derechos pues reconoce que las facultades un individuo son de igual jerarquía que las cualquier de otro, de tal forma que nadie puede realizar atropellos que dañen su dignidad humana ni prodigarle tratos que van en contra de lo estipulado por la ley.
Una vez abordado el aspecto teórico, considero necesario reflexionar sobre la aplicación práctica del derecho a la igualdad. De manera personal considero que la única forma de que exista una igualdad en cuanto a la dignidad humana y ante la ley, es buscando sino una igualdad, al menos una distribución más equitativa de la riqueza que permita mejorar las condiciones de vida de los mexicanos que viven en entornos marginados e infrahumanos.
¿Cuántos de nosotros no hemos presenciado actos perpetuados por el hombre que atentan contra la dignidad humana de sus congéneres? ¿Cuántos no hemos sido testigos de los tratos preferenciales que ofrecen los servidores públicos a ciertos individuos? ¿Realmente el patrón tiene los mismos derechos que el trabajador, o la mujer tiene los mismos derechos que el hombre? Esos cuestionamientos que vienen a mi mente al observar situaciones de abuso y discriminación dentro de sociedad  de manera alarmante, lo que me llevan a concluir que la mejor forma de revitalizar el derecho a la igualdad es llevándolo a la práctica, transformándolo en algo más que texto muerto, carente de significado y aplicación en la vida cotidiana. 

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